Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. (codigo) — Disposición final segunda. Habilitación para las Transferencias. Se faculta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para adoptar las medidas pertinentes en orden a hacer efectiva la transferencia de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud en la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda

Disposición final segunda. Habilitación para las Transferencias.

Se faculta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para adoptar las medidas pertinentes en orden a hacer efectiva la transferencia de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud en la Comunidad de Madrid.

Norma publicada: 21 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

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